En Ireno Ingeniería somos especialistas en la legalización de instalaciones eléctricas y fotovoltaicas en toda España. Tramitamos proyectos para vivienda, sector terciario (oficinas, comercios, hostelería, sanidad) e industria, con un foco especial en plantas y autoconsumos fotovoltaicos. Te acompañamos desde el diseño técnico hasta la inscripción en el registro de instalaciones del organismo competente, garantizando que tu instalación cumple el REBT, las ITC-BT aplicables y el RD 244/2019 sin sorpresas ni demoras.

Si has hecho una reforma eléctrica, has ampliado la potencia, has montado placas solares para autoconsumo o vas a poner en marcha una nueva industria, necesitarás legalizar la instalación ante Industria. Te explicamos qué implica, qué documentación hace falta y cómo lo gestionamos por ti.

¿Qué es la legalización de una instalación eléctrica?

La legalización es el proceso administrativo por el cual una instalación eléctrica de baja o alta tensión queda inscrita en el registro de instalaciones de la Consejería de Industria de tu Comunidad Autónoma. Sin esa inscripción, la compañía distribuidora no puede dar suministro definitivo, las compañías de seguros pueden rechazar siniestros y la actividad puede ser sancionada en cualquier inspección.

El alcance del trámite varía en función de la potencia instalada, el uso (vivienda, terciario, industrial), la tensión y, en el caso de la fotovoltaica, la modalidad de autoconsumo o de generación. No es lo mismo legalizar el cuadro de una vivienda unifamiliar que una planta solar de 1 MW con vertido a red.

Tipos de instalaciones eléctricas que legalizamos

Instalaciones eléctricas en vivienda

Tramitamos la legalización de instalaciones eléctricas en viviendas unifamiliares, plurifamiliares y rehabilitaciones. Trabajamos tanto el Boletín Eléctrico (CIE) emitido por instalador autorizado como la Memoria Técnica de Diseño (MTD) o el Proyecto Eléctrico visado cuando la potencia o las características de la vivienda lo exigen según la ITC-BT-04.

  • Primera ocupación y nuevas viviendas.
  • Ampliaciones de potencia y reformas eléctricas.
  • Cambios de tarifa y de titular en suministros.
  • Legalización de instalaciones existentes sin documentación.

Instalaciones eléctricas en sector terciario

Locales comerciales, oficinas, restaurantes, clínicas, gimnasios, hoteles, centros educativos, residencias y cualquier otro establecimiento de pública concurrencia tienen requisitos específicos en la ITC-BT-28. Redactamos el proyecto eléctrico, dimensionamos el sistema de alumbrado de emergencia, las protecciones diferenciales y el cuadro general, y coordinamos la documentación con la licencia de apertura y el cumplimiento del CTE-DB-SI cuando es necesario.

  • Proyecto eléctrico de baja tensión visado.
  • Certificado de instalación eléctrica firmado por instalador autorizado.
  • Inspección OCA cuando la potencia supera los 100 kW o por tipología del local.
  • Coordinación con licencia de actividad y proyecto de actividad clasificada.

Instalaciones eléctricas industriales

En industria abordamos desde naves logísticas hasta líneas de producción con maquinaria de gran consumo. La legalización suele incluir centro de transformación, cuadros generales y secundarios, compensación de reactiva y, en muchos casos, sistemas SAI y grupos electrógenos. Nos encargamos del proyecto eléctrico de baja y alta tensión, de la inscripción en Industria y de las inspecciones reglamentarias periódicas.

  • Proyectos de BT en industrias con P > 100 kW (ITC-BT-04).
  • Proyectos de AT con centro de transformación propio.
  • Legalización de ampliaciones y modificaciones sustanciales.
  • Adaptación al REBT y al RIPCI tras cambios de actividad.

Legalización de plantas e instalaciones fotovoltaicas

La fotovoltaica es hoy uno de los principales motivos de legalización en España. Desde que el Real Decreto 244/2019 simplificó el autoconsumo, los plazos y las opciones de compensación han mejorado, pero no haber legalizado correctamente sigue siendo el error más común que nos encontramos. En Ireno Ingeniería tramitamos la legalización completa de cualquier modalidad de instalación solar, ya sea para tu vivienda, tu nave o un huerto solar con vertido a red.

Autoconsumo fotovoltaico residencial

Para viviendas unifamiliares y comunidades de propietarios gestionamos el autoconsumo individual o colectivo, conexión a red interior, baterías de almacenamiento y compensación simplificada de excedentes. Nos ocupamos del certificado de instalación, la memoria técnica, los esquemas unifilares y la inscripción en el registro autonómico de autoconsumo, así como de la solicitud de bonificaciones fiscales en IBI e IRPF cuando son aplicables.

Autoconsumo fotovoltaico en empresa, terciario e industria

Diseñamos y legalizamos cubiertas solares y plantas en suelo para autoconsumo en pymes, polígonos industriales, explotaciones agrícolas y edificios del sector servicios. Trabajamos potencias desde unos pocos kW hasta varios MW, con o sin vertido de excedentes, conexión trifásica, monitorización y, cuando aplica, integración con grupos electrógenos o sistemas de almacenamiento. Cuidamos especialmente la relación con la distribuidora (CUPS, código IPS, contrato técnico de acceso, CAU) para evitar tiempos muertos en la puesta en marcha.

Plantas fotovoltaicas de generación con vertido a red

Para huertos solares, parques fotovoltaicos y plantas de generación pura redactamos proyecto eléctrico y, en su caso, proyecto de ejecución completo, gestionamos los permisos de acceso y conexión, la autorización administrativa previa, de construcción y de explotación (AAP/AAC/AAE), la declaración de impacto ambiental y la inscripción en el RAIPRE. Nuestra experiencia abarca tanto plantas de pequeña potencia como proyectos en suelo de varios MW conectados a redes de distribución.

Normativa aplicable

La legalización exige cumplir un cuerpo normativo amplio y en evolución. Estas son las referencias principales con las que trabajamos a diario:

  • RD 842/2002 — Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC-BT-01 a ITC-BT-52).
  • RD 337/2014 sobre instalaciones eléctricas de alta tensión.
  • RD 244/2019, condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
  • Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
  • RD 1955/2000 sobre transporte, distribución y autorización de instalaciones eléctricas.
  • RD 1027/2007 (RITE) para instalaciones térmicas y su interacción con la parte eléctrica.
  • RD 513/2017 (RIPCI) y el CTE en lo relativo a protección contra incendios.
  • Procedimientos de cada Comunidad Autónoma para la inscripción en el registro de instalaciones e instrucciones de la Dirección General de Política Energética.

Documentación que preparamos

Cada legalización exige un paquete documental específico. Estos son los entregables más habituales que firmamos como ingenieros industriales colegiados:

  • Memoria Técnica de Diseño (MTD) o Proyecto Eléctrico visado, según potencia y uso.
  • Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) o boletín eléctrico.
  • Esquemas unifilares, planos de planta, detalles de tomas de tierra y cuadros.
  • Cálculos justificativos: caída de tensión, cortocircuitos, selectividad, coordinación de protecciones, sección de conductores.
  • Estudio básico de seguridad y salud y plan de mantenimiento cuando aplica.
  • Declaración responsable y formularios autonómicos de inscripción en Industria.
  • Para fotovoltaica: certificado de la instalación fotovoltaica, contrato de acceso, código CAU, esquemas de protecciones de interconexión y configuración de inversores.

Proceso paso a paso con Ireno Ingeniería

  1. Visita técnica y diagnóstico. Revisamos la instalación o el proyecto, identificamos el procedimiento aplicable (declaración responsable, MTD o proyecto visado) y te indicamos plazos y costes.
  2. Redacción del proyecto o MTD. Calculamos, dimensionamos y elaboramos toda la documentación técnica firmada por ingeniero industrial colegiado.
  3. Visado y firmas. Si la normativa exige visado, lo gestionamos con el colegio profesional correspondiente. Coordinamos también el certificado del instalador autorizado.
  4. Presentación en Industria. Tramitamos la inscripción en el registro autonómico de instalaciones de baja o alta tensión y, cuando procede, en el registro de autoconsumo o en el RAIPRE.
  5. Coordinación con la distribuidora. Nos encargamos de la solicitud de acceso y conexión, del contrato técnico y del cambio o alta de CUPS.
  6. Inspecciones reglamentarias. Cuando es necesaria una OCA, programamos la inspección y subsanamos cualquier defecto detectado.
  7. Entrega final. Te entregamos el expediente completo, listo para auditorías, seguros y futuras ampliaciones.

Plazos y costes orientativos

Los plazos administrativos dependen de cada Comunidad Autónoma y de la modalidad de la instalación, pero como referencia: una legalización de vivienda con MTD suele resolverse en 2-4 semanas, una instalación de autoconsumo fotovoltaico residencial entre 4 y 8 semanas, y un proyecto industrial con centro de transformación puede requerir entre 2 y 6 meses, especialmente si interviene la distribuidora. El coste varía con la potencia, la complejidad y la ubicación; ofrecemos siempre presupuesto cerrado y sin sorpresas tras la visita técnica.

¿Por qué confiar en Ireno Ingeniería?

  • Equipo de ingenieros industriales colegiados con más de una década de experiencia en legalización de instalaciones eléctricas y fotovoltaicas.
  • Tramitación integral: tú firmas un único contrato, nosotros nos coordinamos con instaladores, distribuidoras, OCAs y administración.
  • Cobertura nacional con conocimiento de los procedimientos de cada Comunidad Autónoma.
  • Especialización en fotovoltaica, autoconsumo y eficiencia energética, además de licencias de apertura y proyectos industriales.
  • Compromiso con los plazos: te informamos de cada hito y te avisamos en cuanto la inscripción en Industria queda resuelta.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio legalizar una instalación fotovoltaica de autoconsumo?

Sí. Aunque la instalación sea pequeña y esté conectada a la red interior de la vivienda, el RD 244/2019 obliga a inscribirla en el registro de autoconsumo y a tener el certificado de instalación. Sin ese trámite no se puede acoger a la compensación de excedentes y la distribuidora puede ordenar su desconexión.

¿Qué diferencia hay entre Memoria Técnica de Diseño (MTD) y proyecto eléctrico?

La MTD es un documento simplificado para instalaciones de menor potencia o uso doméstico que cumplen los supuestos de la ITC-BT-04. El proyecto eléctrico es más completo, incluye cálculos detallados y debe ir firmado por un ingeniero industrial colegiado y, en general, visado. Se exige cuando se superan determinados umbrales de potencia o en establecimientos de pública concurrencia, industrias y locales con riesgo especial.

¿Puedo legalizar una instalación eléctrica antigua que nunca pasó por Industria?

Sí, es uno de nuestros encargos habituales. Realizamos un levantamiento del estado actual, comprobamos si cumple el REBT vigente, definimos las adaptaciones necesarias y tramitamos la inscripción retroactiva. Es muy recomendable hacerlo antes de una venta, una herencia o una inspección.

¿Cuánto tarda Industria en aprobar la legalización?

El silencio administrativo y los plazos efectivos varían por Comunidad Autónoma. En procedimientos por declaración responsable la inscripción suele ser inmediata o en pocos días. En proyectos sometidos a autorización previa los tiempos pueden alargarse varios meses, sobre todo si interviene la distribuidora o se requieren informes ambientales.

¿Trabajáis solo en Galicia o también en el resto de España?

Aunque tenemos una fuerte presencia en Galicia, donde realizamos legalizaciones, auditorías energéticas y proyectos industriales en A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra, prestamos servicio en todo el territorio nacional. Adaptamos cada expediente al procedimiento de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Solicita presupuesto sin compromiso

¿Tienes una instalación pendiente de legalizar o vas a poner en marcha un nuevo proyecto fotovoltaico, comercial o industrial? Cuéntanos tu caso y te enviamos un presupuesto cerrado en menos de 48 horas. Puedes contactarnos a través de nuestro formulario de contacto, llamarnos o escribirnos un correo. Trabajamos en toda España.